Las objeciones reseñadas en los medios al Proyecto de la Cámara 2944 han puesto sobre relieve cómo algunos se concentran en los defectos sin poder trascender a reconocer la existencia de un problema que requiere atención y buscar soluciones. Si queremos echar el país hacia adelante debemos desarrollar la capacidad de idear soluciones, y más aún, la capacidad de idear soluciones que estén alineadas con el interés público. Sí, nuestra Constitución garantiza el derecho al acceso a la información pública y la jurisprudencia desarrollada por el Tribunal Supremo sobre el particular es de avanzada. Sin embargo, del estado de derecho a los hechos, hay un largo trecho.
En Puerto Rico hay un problema de falta de acceso efectivo y oportuno a la información pública. En la mayoría de las agencias impera una cultura institucional de secretividad que percibe los reclamos concretos de transparencia como una amenaza a la administración pública. Para aquellos que no han sufrido el problema en carne propia, la sintomatología es evidente con mirar el periódico. En la columna del 24 de febrero, Barreras en el imaginario del contralor electoral, subrayé las excusas sin fundamento ofrecidas por el Contralor Electoral para no dar acceso a copias íntegras de los informes sobre donativos, ingresos y gastos de los candidatos a puestos electivos, sus comités de campaña o comités autorizados y los comités de acción política. Asimismo, el 29 de mayo El Nuevo Día publicó el artículo Opaca transparencia policíaca que señaló la negativa de la Policía a ofrecer cifras sobre las querellas por hostigamiento sexual que han sido adjudicadas e información sobre el resultado o remedio concedido en esos casos. Aún no logro entender cómo tales cifras y resultados, sin divulgar los nombres de los funcionarios implicados, puede ser información confidencial bajo los estándares desarrollados por el Tribunal Supremo al amparo de la Constitución. Muy probablemente, después de que usted contrate un abogado y gaste dinero, tiempo y energías en la presentación de un mandamus y en el trámite de un litigio, el Tribunal dictaminará que la Policía está obligada a dar la información pública solicitada. Pero acceso tardío y costoso no es acceso.
El Proyecto está lejos de ser perfecto, pero tiene remedio y potencial de convertirse en un instrumento que facilite el acceso de todos a la información pública de mayor interés a través de internet, reduzca la necesidad de litigar para dilucidar controversias sobre acceso y confidencialidad de información, y agilice el trámite de los litigios cuando haya que litigar. En vez de formular objeciones para destruir el Proyecto, hagamos críticas constructivas y propongamos alternativas con honestidad intelectual. Para eso precisamente es el proceso de análisis ante las comisiones legislativas. No se trata de la libertad de prensa, sino del derecho al acceso a la información y la libertad de expresión que tenemos todos, incluida la prensa. Cambiar culturas toma tiempo, más no es imposible. Requiere rigor, determinación, visión de hacia dónde queremos conducir el país, pero antes que todo, voluntad.